viernes, 31 julio 2026

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    Sancionan a empresas lácteas por adición de lactosuero

    La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha impuesto sanciones por un total superior a los 21.000 millones de pesos a las empresas lácteas Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo y Sabanalac, por la comercialización de productos etiquetados como leche entera higienizada (UAT) que contenían lactosuero, engañando a los consumidores.

    Explicaciones de Industria y Comercio

    Cielo Rusinque, Superintendente de Industria y Comercio, explicó que los consumidores no tienen los elementos suficientes para identificar la presencia de lactosuero en los productos, lo que afecta su capacidad de tomar decisiones informadas sobre la calidad del producto adquirido.

    Esta adición de lactosuero permitió a las empresas sancionadas obtener ventajas competitivas ilegales, al ofrecer productos que, si bien tenían un precio similar al de sus competidores, tenían costos de producción menores.Las sanciones se derivan de pruebas realizadas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) durante inspecciones en 2020, que evidenciaron altos niveles de caseinomacropéptido (CMP) en la leche de las empresas involucradas.

     

    Marcas de leche con lactosuero

    El CMP es un marcador utilizado para detectar la adición de lactosuero en la leche. Las pruebas confirmaron la presencia de esta sustancia en productos comercializados bajo marcas como Medalla de Oro, Máxima, Algarra, De la Cuesta, Alkosto Hiperahorro, Parmalat, Latti y Pomar.

    SIC identificó dos indicios económicos que respaldaron la adición de lactosuero. La presencia del mismo en los inventarios de las empresas sin justificación para su uso en productos diferentes a la leche, y los costos de insumos menores en algunas compañías a pesar de tener modelos de negocio similares a sus competidores.

    Los resultados de las pruebas del Invima indicaron lo siguiente:

    En Gloria y Hacienda San Mateo, se encontró alta presencia de CMP y los dos indicios económicos que respaldan la infracción. Lactalis, se identificó alta presencia de CMP y un solo indicio económico. Sabanalac, la sanción se basó en la alta presencia de CMP, aunque no se encontraron pruebas de que la adición de lactosuero hubiera proporcionado una ventaja competitiva adicional.

    A pesar de la sanción impuesta, las empresas lácteas sancionadas tienen la opción de interponer los recursos legales correspondientes en contra de la decisión de la SIC. Este caso pone en evidencia la importancia de la transparencia en la información que las empresas deben brindar a los consumidores, garantizando que los productos sean auténticos y de calidad, y que se respeten las normativas del sector lácteo.

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