lunes, 03 agosto 2026

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    ¿Sabía que las multas de tránsito pueden prescribir en tres años?

    Muchos ciudadanos desconocen que las multas de tránsito en Colombia tienen un tiempo límite para cobrarse por cuenta de las autoridades.

    Según el marco legal vigente, si una infracción no ha sido pagada ni cobrada por vía coactiva en un periodo de tres años, el infractor puede solicitar su prescripción.

    De acuerdo con el Ministerio de Justicia, una multa de tránsito es una sanción impuesta por una infracción cometida por conductores, peatones o ciclistas, como exceder los límites de velocidad, conducir sin documentos obligatorios o bajo efectos del alcohol.

    Notificación mediante comparendo

    Estas infracciones son notificadas mediante un comparendo, el cual activa el proceso sancionatorio.

    Cuando el infractor no realiza el pago voluntario, la entidad puede iniciar un proceso de cobro coactivo, el cual también tiene límites de tiempo.

    Según la Resolución 172831 de 2021 y lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley 769 de 2002, este cobro debe iniciarse dentro de los tres años siguientes a la infracción.

    La notificación del mandamiento de pago dentro de este plazo es clave, ya que interrumpe la prescripción inicial y otorga otros tres años adicionales para ejecutar el cobro.

    Durante ese segundo periodo, las autoridades pueden aplicar medidas como embargos sobre bienes, cuentas bancarias o vehículos del infractor.

    Se puede solicitar la prescripción

    Si en esos seis años (tres iniciales más tres posteriores a la notificación) no se ha logrado hacer efectivo el cobro, el ciudadano puede solicitar la prescripción de la multa ante la autoridad de tránsito correspondiente.

    Este trámite debe resolverse en un plazo de 15 días hábiles, como lo establece el artículo 14 de la Ley 1755 de 2015.

    Es importante resaltar que la prescripción no es automática: debe ser solicitada formalmente y evaluada caso por caso.

    Aunque esta posibilidad existe, las autoridades recomiendan mantener una conducta responsable en las vías, no solo para evitar sanciones económicas, sino también para prevenir afectaciones al patrimonio y al historial legal del ciudadano.

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