La Corte Constitucional anuló los principales decretos que sustentaban el estado de conmoción interior decretado por el Gobierno nacional en el Catatumbo.
Se trata de una decisión que no solo marca un freno legal al Ejecutivo, sino que también deja en el aire la atención de una de las regiones más golpeadas por la violencia, el narcotráfico y la crisis ambiental.
Corte declaró inexequibles los decretos 062 y 180
En las sentencias C-148 y C-268 de 2025, el alto tribunal declaró inconstitucionales los decretos legislativos 062 del 24 de enero y 180 del 14 de febrero.

El primero había oficializado la conmoción interior en varios municipios del Catatumbo, mientras que el segundo adoptaba medidas excepcionales para fomentar la sustitución voluntaria de cultivos ilícitos y promover economías lícitas.
La Corte consideró que los temas abordados por el Gobierno —la crisis ambiental, la expansión de cultivos ilegales y las fallas del Programa Nacional de Sustitución (PNIS)— no configuran hechos súbitos ni excepcionales, sino fenómenos estructurales. Por tanto, no justifican el uso del estado de excepción.
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— Tendencia Política (@politendencia) June 28, 2025
El Catatumbo: entre la urgencia y la legalidad
Con esta decisión, se rompe el andamiaje normativo con el que el Ejecutivo buscaba responder rápidamente a la compleja situación en el Catatumbo.
Las medidas extraordinarias pretendían agilizar la intervención en territorios donde la presencia del Estado es débil y la criminalidad se ha arraigado.
Sin embargo, la Corte fue enfática en que “no todo lo grave es excepcional”. Aunque reconoció la gravedad de la situación, afirmó que la solución debe darse desde las políticas públicas ordinarias y no desde decretos extraordinarios que rompen el equilibrio institucional.
Consecuencias para una región en crisis
La anulación de estos decretos deja a la región en un limbo institucional. Sin medidas extraordinarias ni estrategias de política pública sostenidas, el Catatumbo queda expuesto a una nueva etapa de incertidumbre, en la que ni la sustitución voluntaria ni la intervención ambiental cuentan con herramientas reforzadas.
El fallo representa un llamado de atención al Ejecutivo para que no recurra a figuras excepcionales ante problemáticas estructurales. Y a su vez, refleja una realidad preocupante: las comunidades del Catatumbo siguen esperando soluciones de fondo mientras el debate jurídico se libra lejos de sus territorios.
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