El Gobierno nacional, comprometido con el bienestar de los docentes y la mejora de la calidad educativa, expidió el Decreto 277 de 2025. Esta nueva normativa modifica tres artículos del Decreto Reglamentario Único del Sector Educación. La norma establece directrices sobre horarios escolares, asignación académica y cumplimiento de la jornada laboral en los establecimientos educativos oficiales del país.
El ministro de Educación, Daniel Rojas Medellín, destacó la firma del decreto 277 como un avance en la dignificación de la labor docente y la optimización de tiempos y jornadas escolares. El documento surge de los acuerdos alcanzados entre el Ministerio de Educación y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (FECODE). Su objetivo es garantizar un equilibrio entre el tiempo de enseñanza y las actividades complementarias que fortalecen la calidad educativa.
Incorporación del preescolar como nivel educativo
La normativa establece que el nivel preescolar tendrá una intensidad horaria semanal de 20 horas. En el decreto anterior no se especificaba este aspecto.
Reajuste en la intensidad horaria
- La básica primaria mantendrá una carga de 25 horas semanales.
- La básica secundaria y media continuarán con 30 horas semanales.
- La media técnica ahora contará con 37 horas semanales.
Cada clase de 60 minutos incluirá un descanso de cinco minutos. Esta medida busca mejorar el bienestar de los estudiantes y fortalecer la relación pedagógica.
Definición de la jornada laboral docente
- Los docentes cumplirán ocho horas laborales diarias.
- Seis horas serán de permanencia continua en el establecimiento educativo para la asignación académica y actividades curriculares complementarias.
- Dos horas estarán destinadas a actividades curriculares complementarias que podrán desarrollarse de manera autónoma.
- En los colegios con doble jornada, la permanencia de seis horas se cumplirá en la mañana o en la tarde, sin afectar la asignación académica.
📢 Atención:
¡Triunfo del #GobiernoDelCambio y de @fecode por los y las docentes de Colombia!Hoy expedimos el Decreto 0277, que modifica el Dec. 1850/02 y mejora las condiciones laborales y pedagógicas para nuestro magisterio colombiano.
Consulta el documento completo👇… pic.twitter.com/O0UK30CYv6
— MinEducación (@Mineducacion) March 13, 2025
Modificaciones para docentes orientadores y de apoyo pedagógico
Antes, su permanencia en el establecimiento era de ocho horas diarias. Ahora, deberán cumplir seis horas continuas en la institución. Las dos horas restantes se destinarán a actividades propias del cargo.
Rectores y coordinadores dedicarán ocho horas diarias a sus funciones. Su permanencia se distribuirá en las jornadas o plantas físicas bajo su cargo.
Diferenciación del tiempo de asignación académica
- Preescolar tendrá 20 horas semanales.
- Básica primaria contará con 25 horas semanales.
- Básica secundaria y media tendrán 22 horas semanales.
- Anteriormente, todos los niveles tenían una carga unificada de 22 horas semanales.
El Gobierno busca armonizar la jornada escolar y laboral de docentes y directivos sin afectar la prestación del servicio educativo. La normativa reafirma el compromiso con la dignificación de la labor docente y el fortalecimiento del sistema educativo en Colombia. Las modificaciones en el decreto 277 garantizan mejores condiciones para los educadores y optimizan el tiempo de enseñanza. Con estos cambios, se espera una mejora en la calidad educativa y en el bienestar de los estudiantes.
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