Emergencia económica Petro: razones, duración, nuevos impuestos y reacciones políticas
El presidente Gustavo Petro decretó la emergencia económica Petro a nivel nacional mediante el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, una decisión excepcional que le permite al Gobierno expedir decretos con fuerza de ley para enfrentar una coyuntura fiscal que, según el Ejecutivo, no pudo ser prevista y amenaza la estabilidad de las finanzas públicas del país.
Decreto 1390 de 2025 de la emergencia económica Petro
¿Por qué se decretó la emergencia económica Petro?
De acuerdo con el Gobierno Nacional, la emergencia económica Petro se originó por una combinación de factores críticos: presiones fiscales acumuladas, menores ingresos frente a lo proyectado, aumento de las obligaciones sociales del Estado y choques económicos internos y externos que afectaron la caja pública.
El ministro de Hacienda, Germán Ávila Plazas, explicó que la medida fue analizada por juristas y expertos económicos, concluyendo que existen razones constitucionales suficientes para su declaratoria. En diálogo con La W Radio, el funcionario aseguró que el Gobierno no podía prever varios de los hechos que obligaron a acudir a este mecanismo extraordinario.
¿Cuánto tiempo durará la emergencia económica?
La emergencia económica Petro tiene una vigencia inicial de hasta 30 días, con posibilidad de prórroga hasta completar un máximo de 90 días, tal como lo establece la Constitución Política de Colombia. Durante este periodo, el Gobierno podrá expedir decretos legislativos en materia económica y fiscal, los cuales estarán sujetos a revisión automática por parte de la Corte Constitucional.
Los impuestos que propone el Gobierno (y los que descarta)
Uno de los puntos que más debate ha generado es el tributario. El Ministerio de Hacienda fue enfático en aclarar que no se creará un impuesto del 5×1.000.
“Esta medida no está considerada. La información sobre un supuesto impuesto del 5×1.000 es absolutamente falsa”, aseguró el ministro Ávila.
Impuesto al patrimonio
Entre las medidas anunciadas se encuentra el fortalecimiento del impuesto al patrimonio, dirigido exclusivamente a los patrimonios más altos del país:
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Aplicará a patrimonios superiores a 3.600 millones de pesos y hasta 100.000 millones de pesos.
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La tarifa subiría progresivamente del 0,5% hasta el 5%, según el nivel patrimonial.
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Para patrimonios entre 3.600 y 6.000 millones de pesos, la tarifa sería del 1%.
Sobretasa al sector financiero
Otra de las propuestas del Gobierno en el marco de la emergencia económica Petro es una sobretasa al sector financiero:
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Se plantea una sobretasa adicional de 10 puntos al impuesto de renta del sector, que ya cuenta con una sobretasa vigente de 5 puntos.
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El objetivo es equilibrar la carga tributaria del sistema financiero y aumentar el recaudo para atender las necesidades fiscales del Estado.
Cabe aclarar que, hasta el momento, estas son las únicas medidas fiscales anunciadas oficialmente en el marco de la emergencia económica Petro. El Gobierno Nacional ha señalado que no se implementarán otros impuestos adicionales por ahora, y que cualquier nueva disposición deberá ser anunciada formalmente mediante decretos legislativos durante la vigencia del estado de excepción, que inicialmente será de 30 días.
Acabo de radicar ante la Corte Constitucional acción de inconstitucionalidad contra el Decreto 1390 de 2025, mediante el cual el Gobierno Petro declaró un estado de emergencia económica y social sin cumplir los requisitos del artículo 215 de la Constitución.
La emergencia no… pic.twitter.com/0EHH3HbD1E
— María Fernanda Cabal (@MariaFdaCabal) December 23, 2025
¿Qué consecuencias podría tener para los colombianos?
La declaratoria de la emergencia económica Petro puede tener efectos directos e indirectos para los ciudadanos, dependiendo del alcance final de los decretos que expida el Gobierno. En el corto plazo, el Ejecutivo ha insistido en que las medidas anunciadas no están dirigidas a la clase media ni a los pequeños contribuyentes, sino a los patrimonios más altos y al sector financiero.
Sin embargo, analistas advierten que un incremento en la carga tributaria para estos sectores podría trasladarse parcialmente a los usuarios, a través de mayores costos en servicios financieros, créditos o productos. En paralelo, el Gobierno sostiene que el objetivo central de la emergencia es proteger el gasto social, garantizar la financiación de programas clave y evitar recortes en áreas sensibles como salud, educación y atención a poblaciones vulnerables.
Reacciones desde la derecha, el centro y la izquierda
La declaratoria de la emergencia económica Petro ha generado reacciones divididas en el espectro político colombiano:
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Derecha: ha cuestionado la medida, advirtiendo riesgos para la confianza inversionista y señalando que el ajuste fiscal debería venir por la reducción del gasto público.
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Centro: reconoce la complejidad del panorama fiscal, pero pide que las medidas sean temporales, proporcionales y con controles estrictos del Congreso y la Corte Constitucional.
A pesar de todo el presidente se pasó por la raya y decretó la emergencia económica. Inviable y erróneo hacer eso. Se salta los pesos y contrapesos, evade el sistema democrático. @NoticiasCaracol @NoticiasRCN pic.twitter.com/otcgXnMhCQ
— Angélica Lozano Correa (@AngelicaLozanoC) December 23, 2025
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Izquierda: respalda la emergencia económica como una herramienta necesaria para proteger el gasto social y avanzar hacia un sistema tributario más progresivo.
Lo que viene
Con la emergencia económica Petro en vigencia, el Gobierno Nacional cuenta con un plazo inicial de 30 días para expedir los decretos legislativos que considere necesarios para conjurar la crisis y evitar la extensión de sus efectos. Hasta ahora, las únicas medidas fiscales anunciadas son el ajuste al impuesto al patrimonio y la sobretasa al sector financiero, descartándose de manera expresa la creación del 5×1.000.
No obstante, el Ejecutivo dejó claro que el decreto de emergencia sigue abierto y que nuevas disposiciones podrían ser anunciadas durante este periodo, las cuales deberán estar debidamente sustentadas y serán objeto de revisión constitucional.
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