En un movimiento para redefinir el marco legal de la protesta social en Colombia, la Fiscalía General de la Nación ha presentado una nueva directiva que sustituye la resolución previa del exfiscal Francisco Barbosa.
Son 33 directrices
La fiscal Luz Adriana Camargo, al frente de la institución, ha introducido un conjunto de 33 directrices que se enfocan en equilibrar el derecho a la protesta pacífica con la necesidad de mantener el orden público.
La nueva directiva, que abarca 25 páginas y se organiza en cuatro secciones clave, busca mejorar la protección del derecho a manifestarse pacíficamente y clarificar los límites del poder punitivo del Estado.
Estas secciones incluyen la protección de la protesta pacífica, los límites del poder punitivo del Estado, la tipicidad de los delitos asociados a la protesta y el procedimiento para la investigación y judicialización de actos delictivos vinculados a estas movilizaciones.
Uno de los aspectos más destacados de la nueva directiva es su reafirmación de que la protesta pacífica está amparada por la Constitución y no debe ser objeto de sanciones penales simplemente por alterar el orden público.
Según el documento, las investigaciones sobre actos de protesta deben realizarse sin prejuicios relacionados con factores como orientación sexual, identidad de género, origen étnico, religión o opinión.
El cambio más significativo respecto a la resolución anterior es la aclaración de que solo se investigarán y judicializarán los actos que realmente excedan el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales.
Actos violentos los analizarán
La directiva señala que los actos violentos durante una protesta serán analizados en su contexto, y aquellos que resulten de ánimos exacerbados en lugar de intenciones criminales deliberadas, no serán objeto de sanciones severas.
En cuanto a las manifestaciones que bloquean vías públicas, la nueva directiva precisa que solo se penalizarán los bloqueos que representen una amenaza grave para la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, siempre que se realicen mediante medios ilícitos.
Esta distinción busca diferenciar entre bloqueos legítimos y aquellos que ponen en riesgo a la comunidad.
Además, la directiva establece que los delitos cometidos durante manifestaciones los investigará la justicia ordinaria, y no por la justicia penal militar, en línea con el principio de juez natural.
Esto asegura que los actos delictivos que afecten los derechos humanos los juzguen adecuadamente, teniendo en cuenta si los implicados estaban en servicio activo en el momento del incidente.
La emisión de esta directiva marca un avance importante en la protección del derecho a la protesta social, aunque también plantea interrogantes sobre los límites establecidos y la capacidad de las autoridades para garantizar la seguridad pública sin comprometer los derechos fundamentales de los manifestantes.
La interpretación y aplicación de estas nuevas directrices por parte de las autoridades y fiscales serán cruciales para equilibrar el respeto a los derechos de los ciudadanos con la seguridad y el orden público.
