Solicitan al CNE revocar la inscripción de Iván Cepeda para la consulta presidencial del 8 de marzo
Iván Cepeda CNE: piden anular su participación en la consulta del Frente por la Vida
Fue radicada ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) una solicitud formal para que se revoque la inscripción de Iván Cepeda como precandidato presidencial en la consulta interpartidista Frente por la Vida, programada para el próximo 8 de marzo de 2026. La petición plantea que el aspirante habría incurrido en una inhabilidad legal al participar en dos consultas dentro del mismo proceso electoral.
La solicitud fue presentada por el representante a la Cámara Hernán Cadavid, integrante del Centro Democrático, quien argumenta que Iván Cepeda CNE no puede competir nuevamente tras haber participado y resultado elegido en la consulta presidencial del Pacto Histórico realizada en octubre de 2025.
Radiqué solicitud formal ante el @CNE_COLOMBIA para que procedan a revocar la inscripción de @IvanCepedaCast en la consulta del 8 de marzo
Que procedan en derecho y no se dejen intimidar de las amenazas jurídicas que es lo único que sabe hacer el candidato de Petro
Razones: pic.twitter.com/3fPMHHvk5m
— Hernán Cadavid (@hernancadavidma) January 28, 2026
Argumentos jurídicos contra la inscripción de Iván Cepeda
De acuerdo con el documento radicado en Bogotá el 26 de enero de 2026, la inscripción de Iván Cepeda CNE para la consulta Frente por la Vida vulneraría los artículos 5, 6 y 7 de la Ley 1475 de 2011, así como el artículo 107 de la Constitución Política, normas que regulan los procesos de selección de candidatos por medio de consultas internas e interpartidistas.
Según la petición, la legislación es clara al establecer que quien participe en una consulta no puede inscribirse nuevamente por otra agrupación política o coalición en el mismo ciclo electoral. En este caso, Cepeda ya habría sido definido como candidato presidencial tras la consulta del Pacto Histórico, cuyos resultados son de carácter obligatorio.
“La ley es absolutamente clara: quien haya participado en una consulta, como lo hizo Cepeda en octubre, no puede participar en otra. Ya recibió los beneficios de esa decisión y no es jurídicamente viable una nueva postulación”, señaló Cadavid.
Consulta presidencial y beneficios económicos
El representante también señaló que Cepeda ya habría accedido —o estaría próximo a acceder— a beneficios derivados de la consulta previa, como la reposicion de votos con recursos públicos, lo que refuerza, según su criterio, la imposibilidad legal de que participe nuevamente en una consulta presidencial.
El documento advierte que permitir este tipo de situaciones podría vaciar de contenido la obligatoriedad de las consultas, convirtiéndolas en un trámite utilitario y debilitando la confianza en los mecanismos democráticos de selección interna.

Rol del CNE y decisión pendiente
Cadavid recordó que corresponde al Consejo Nacional Electoral verificar la legalidad de las inscripciones, ejercer control sobre el cumplimiento de la normativa electoral y, cuando existan causales legales, ordenar la revocatoria de candidaturas, función respaldada por el artículo 265 de la Constitución y la Ley 1475 de 2011.
“A la institucionalidad le corresponde actuar en derecho. Iván Cepeda no puede ser candidato el 8 de marzo en la consulta interpartidista”, enfatizó el congresista.
Ahora será el CNE el encargado de estudiar la solicitud y definir si se configura la causal de inhabilidad alegada. La decisión tendrá impacto directo en el desarrollo de la consulta presidencial del 8 de marzo y en el panorama político de cara a las elecciones de 2026.
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