Arresto a directivos de la Nueva EPS por desacato a tutela en Cali
Dos directivos regionales de la Nueva EPS deberán cumplir tres días de arresto y pagar una multa económica tras ser sancionados por un juez en Cali, luego de comprobarse el incumplimiento de un fallo de tutela que ordenaba garantizar el tratamiento oncológico de un paciente de 95 años.
La decisión fue tomada por el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, que determinó que la entidad no cumplió una orden judicial emitida el pasado 22 de enero de 2026, relacionada con la atención médica de un adulto mayor diagnosticado con cáncer de próstata en estado metastásico.
Los sancionados son Derly Katherine Andrade Guerrero, gerente regional Occidente de la Nueva EPS, y Carlos Rafael Villero Rodríguez, gerente regional Suroccidente. Ambos deberán cumplir tres días de arresto y pagar una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, según lo establecido en la providencia judicial.

El caso que originó el desacato contra la Nueva EPS
El proceso judicial se originó por la situación del paciente Saúl Quiñones Mendoza, un adulto mayor de 95 años que padece cáncer de próstata metastásico. El paciente venía recibiendo su tratamiento oncológico dentro de la ruta de atención de la Clínica Valle del Lili, en la ciudad de Cali.
De acuerdo con la denuncia presentada por sus familiares, la atención médica fue suspendida desde octubre de 2025, debido a dificultades administrativas entre la clínica y la Nueva EPS, relacionadas con la falta de convenio y presuntos pagos pendientes.
Ante esta situación, la familia acudió a la justicia mediante una acción de tutela, solicitando que se garantizara el derecho fundamental a la salud del paciente y la continuidad de su tratamiento médico.
La orden judicial que debía cumplir la Nueva EPS
En el fallo emitido el 22 de enero de 2026, el juez ordenó a la Nueva EPS autorizar y garantizar, en un plazo máximo de 48 horas, todos los servicios médicos requeridos por el paciente.
Entre las medidas ordenadas por el juzgado se encontraban:
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Atención médica domiciliaria por médico general
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Asignación de auxiliar de enfermería
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Servicio de enfermería profesional
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Terapia física según prescripción médica
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Seguimiento por trabajo social
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Suministro oportuno de medicamentos oncológicos
El despacho judicial también estableció que la atención debía continuar en la Clínica Valle del Lili, institución que ya conocía el historial clínico del paciente y contaba con la capacidad médica para manejar su enfermedad.
Sin embargo, según el expediente judicial, la entidad no cumplió con la orden dentro del plazo establecido, lo que llevó al juez a declarar el desacato contra la Nueva EPS y ordenar las sanciones correspondientes.

Procuraduría y Fiscalía investigarán el caso
Además de la sanción contra los directivos de la Nueva EPS, el juzgado ordenó compulsar copias del proceso a diferentes entidades para que evalúen posibles responsabilidades.
El caso fue remitido a la Procuraduría General de la Nación y a la Superintendencia Nacional de Salud, con el fin de que se adelanten investigaciones administrativas.
Igualmente, se compulsaron copias a la Fiscalía General de la Nación, que deberá determinar si la conducta de los directivos podría constituir algún tipo de infracción penal.
El juzgado reiteró que la Nueva EPS debe cumplir de inmediato la sentencia de tutela y garantizar la continuidad del tratamiento oncológico del paciente, evitando barreras administrativas que puedan vulnerar su derecho fundamental a la salud.
Hasta el momento, la Nueva EPS no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre la decisión judicial.
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