sábado, 08 agosto 2026

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    ¿Quiénes no deben facturar electrónicamente? La DIAN responde

    En un reciente comunicado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha aclarado que, aunque la factura electrónica ha sido establecida como la evolución de la tradicional, no todas las personas naturales están obligadas a implementarla. La DIAN destaca que este documento electrónico mantiene la misma validez legal que el papel, pero su gestión digital ofrece ventajas significativas en términos de eficiencia y seguridad tributaria.
    ¿Quiénes están exentos?
    La DIAN ha especificado claramente los grupos de personas naturales que no están obligadas a facturar electrónicamente:
    1. No Responsables de IVA o Impuesto al Consumo: Aquellos que no están obligados a recaudar IVA ni Impuesto Nacional al Consumo (INC).
    2. Ventas y Servicios No Gravados con IVA: Personas naturales que únicamente realicen ventas de bienes excluidos o presten servicios no gravados con IVA, siempre y cuando sus ingresos sean inferiores a 3.500 Unidades de Valor Tributario (UVT).
    Además de las excepciones para personas naturales, la DIAN ha señalado otras entidades y casos que también quedan fuera de la obligación de facturación electrónica:
    • Instituciones Financieras: Bancos, corporaciones financieras y compañías de financiamiento.
    • Transporte Público: Empresas que presten servicios de transporte público urbano o metropolitano de pasajeros.
    • Cooperativas y Fondos: Cooperativas de ahorro y crédito, organismos cooperativos de grado superior, y fondos de empleados en relación con sus operaciones financieras.
    • Asalariados y Pensionados: Aquellos que solo perciban ingresos por salario o pensión.
    • Prestadores de Servicios desde el Exterior: Servicios ofrecidos desde fuera del país.
    • Juntas de Acción Comunal (JAC): Excluidas siempre que no soliciten devoluciones o compensaciones de IVA.
    Un paso hacia la modernización
    La DIAN refuerza que la factura electrónica facilita la administración tributaria y reduce la carga administrativa, aunque reconoce que algunas categorías de contribuyentes no requieren de este cambio. La medida busca modernizar el sistema fiscal colombiano, promoviendo una mayor transparencia y agilidad en los procesos tributarios.
    Para más detalles sobre las obligaciones fiscales y excepciones, los contribuyentes pueden consultar el ABC de la factura electrónica publicado por la DIAN.
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