miércoles, 26 agosto 2026

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    Reforma pensional: qué quedó en firme y qué debe corregirse

    La reforma pensional impulsada por el expresidente Gustavo Petro superó este martes 25 de agosto de 2026 una de las principales barreras que mantenían frenada su aplicación. La Corte Constitucional avaló la mayor parte de la Ley 2381 de 2024 frente a los vicios de procedimiento que estaba revisando, pero dejó pendientes 10 puntos que deberán regresar a la Cámara de Representantes antes de que puedan quedar en firme.

    La decisión significa que el Congreso no tendrá que volver a discutir toda la reforma. El nuevo sistema pensional conserva buena parte de su estructura, mientras que nueve artículos o apartes de artículos y una proposición para crear una nueva disposición deberán ser tramitados nuevamente para corregir los problemas detectados por la Corte.

    Entre los asuntos que regresan al Congreso están disposiciones sobre beneficios para mujeres con hijos, tratamiento tributario de las pensiones, administración de recursos del sistema, prestaciones pensionales y condiciones especiales para algunas comunidades, además de otros apartes relacionados con el funcionamiento financiero de la reforma.

    Adultos mayores sostienen material de la reforma pensional Cambio por la Vejez.
    Dos adultos mayores sostienen material alusivo al proyecto de reforma a las pensiones Cambio por la Vejez
    La mayor parte de la reforma pensional quedó en pie

    El fallo mantiene la estructura central del nuevo modelo, organizado alrededor de los pilares solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual voluntario.

    También permanece el esquema según el cual los trabajadores cotizarán hasta 2,3 salarios mínimos en Colpensiones, mientras que el dinero correspondiente a ingresos superiores a ese monto irá al componente complementario de ahorro individual administrado por fondos privados.

    El régimen de transición también superó el examen realizado por la Corte. Las reglas permiten que quienes cumplan determinadas condiciones continúen bajo el sistema anterior: más de 750 semanas cotizadas para las mujeres y 900 para los hombres.

    Otro de los puntos que quedó respaldado fue la denominada ventana de oportunidad, que permitió a personas cercanas a cumplir los requisitos de pensión cambiar de régimen sin tener que iniciar un proceso judicial.

    Además, continúan en pie el pilar solidario, dirigido a personas mayores en condiciones de pobreza o vulnerabilidad que cumplan los requisitos, y el semicontributivo, diseñado para quienes lleguen a la edad de retiro sin alcanzar las semanas necesarias para pensionarse.

    Presentación del proyecto Cambio por la Vejez relacionado con la reforma pensional.
    Presentación del proyecto de reforma a las pensiones impulsado durante el anterior Gobierno
    ¿Qué tendrá que volver a discutir el Congreso?

    La Corte no devolvió nueve artículos completos. En varios casos se trata únicamente de incisos, parágrafos, literales o numerales que no superaron el examen de procedimiento.

    Uno de los puntos que sí regresará completo es el artículo 36, que contempla la reducción de semanas de cotización para mujeres con hijos. La norma establece, bajo determinadas condiciones, una disminución de 50 semanas por cada hijo nacido vivo o adoptado, hasta el límite señalado en la ley.

    También volverá a discutirse el artículo 14, relacionado con las prestaciones que conforman el nuevo sistema pensional, y apartes de los artículos 11, 19 y 23, vinculados con los recursos de las cuentas individuales, el pilar contributivo y la distribución de las cotizaciones.

    Otro punto pendiente es el numeral quinto del artículo 84, relacionado con el tratamiento tributario de las pensiones.

    A esto se suman un aparte del artículo 92, sobre la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo por parte del Banco de la República, y el artículo 93, que establece condiciones diferenciales para pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras y campesinas teniendo en cuenta diferencias en expectativa de vida.

    La Cámara también deberá tramitar nuevamente un aparte del artículo 63 y una proposición presentada durante el debate legislativo para incorporar un artículo nuevo.

    En total son 10 asuntos específicos los que continúan pendientes: nueve artículos o fragmentos de ellos y una proposición adicional.

    Alcancía y monedas ilustran el ahorro relacionado con la reforma pensional.
    Imagen ilustrativa sobre ahorro y planificación financiera en el marco de la reforma pensional
    ¿Por qué la reforma vuelve otra vez al Congreso?

    El problema viene desde el trámite legislativo de la reforma.

    En junio de 2025, la Corte Constitucional suspendió la entrada en vigencia de buena parte de la ley después de encontrar un vicio de procedimiento relacionado con la manera como la Cámara de Representantes aprobó el texto que previamente había salido del Senado.

    La Corte dio entonces la oportunidad de corregir ese problema. El Congreso volvió a reunirse para subsanar el trámite, pero al revisar nuevamente lo ocurrido el tribunal determinó que algunos puntos todavía presentaban fallas y debían ser discutidos otra vez.

    Por esa razón, la decisión del 25 de agosto no tumbó la reforma ni obligó a empezar todo el proceso legislativo desde cero. La Corte separó las disposiciones que ya superaron el examen de procedimiento de aquellas que todavía necesitan una corrección.

    Plenaria de la Cámara de Representantes durante sesión en el Congreso de Colombia.
    Plenaria de la Cámara de Representantes corporación que deberá volver a tramitar los puntos devueltos de la reforma pensional
    Cámara tendrá 30 días para corregir los puntos pendientes

    La Cámara de Representantes tendrá 30 días hábiles, contados a partir de la notificación de la sentencia, para tramitar nuevamente los puntos señalados por la Corte.

    Si alguna de esas modificaciones requiere conciliación entre Cámara y Senado, el procedimiento deberá realizarse durante la actual legislatura.

    Después, el presidente de la Cámara tendrá que remitir a la Corte las actas y documentos que demuestren cómo se realizó la corrección. El alto tribunal revisará nuevamente esos puntos y decidirá si finalmente cumplen con los requisitos constitucionales.

    Mientras tanto, las disposiciones de la reforma pensional que ya superaron este examen tienen previsto comenzar a regir el 1 de abril de 2027. Los artículos y apartes devueltos dependerán del resultado del nuevo trámite legislativo y de la posterior revisión de la Corte.

    La decisión, por tanto, deja un escenario dividido: la estructura principal de la reforma de Petro continúa en pie, pero todavía hay asuntos relevantes que el Congreso deberá corregir antes de que el nuevo sistema quede completamente definido.

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    Juan David Mosquera
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